Preguntas Frecuentes
¿Qué es Arrendar una Propiedad?
Arrendamiento: Es un contrato escrito y
celebrado entre el arrendador (dueño o administrador de la propiedad), y
el arrendatario (inquilino u ocupante), por medio del cual se otorga al arrendatario
el derecho a usar y ocupar de manera exclusiva
la propiedad residencial o comercial del arrendador.
¿Qué Documentos se Necesitan Para Arrendar una Propiedad?
Certificado de Dominio Vigente de la Propiedad, demostrar que quien Arrienda es el propietario.
Carne de Identidad, Certificado de Matrimonio si procede
Autorización Notarial para Representar al Propietario si no se encuentra en la ciudad o por enfermedad.
¿Qué es Vender una Propiedad?
Las ventas inmobiliarias son la actividad
que se realiza al momento de ofrecer un inmueble a cambio de una cantidad
monetaria, este proceso es llevado a cabo después de adquirir el inmueble.
Generalmente las etapas para vender o adquirir una propiedad son: La oferta de compra, aceptación y cierre del negocio, promesa, estudio de títulos, escritura de compraventa, inscripción en el Conservador de Bienes Raíces y entrega del inmueble.
¿Qué Documentos se Necesitan para Vender una Propiedad?
Ya sea que un abogado particular o una entidad
realice el Estudio de títulos, siempre te solicitarán la carpeta legal
de la propiedad, que consta de documentación primaria y complementaria.
Para evitar retrasos o problemas, lo ideal es que prepares con tiempo los documentos para vender una casa. Estos son los certificados que debes tener a mano:
- Títulos de Dominio de los últimos 10 años
- Dominio Vigente del Registro de Propiedad
- Hipotecas, Gravámenes y Prohibiciones
- Avalúo Fiscal
- Deuda de Contribuciones
Antecedentes del vendedor
Fotocopia de tu cédula de identidad o de los propietarios (en caso de ser varios) y de sus cónyuges. También necesitas el certificado de matrimonio o de soltería.
Certificado de Avalúo Fiscal
Este certificado es otorgado por El Servicio de Impuestos Internos (SII) y se puede solicitar de forma virtual en su sitio web.
Su contenido permite conocer el Avalúo Fiscal de un bien raíz, así como información general de la propiedad, dirección del predio, nombre y Rut de la persona registrada como propietaria en los archivos del SII (por lo que no acredita dominio actual), destino del inmueble y su condición de afecto o exento al pago de contribuciones (Impuesto Territorial).
Certificado de No Expropiación
Cuando una propiedad no se encuentra afecta a utilidad pública (expropiación por obras de la Dirección de Vialidad), se extiende un Certificado de No Expropiación.
Este documento es emitido por Municipios y Serviu de cada región y puede solicitarse a través del sitio web www.minvu.cl.
Certificado de Número Municipal
Este documento identifica una propiedad dentro de la comuna, con un dígito único donde se emplaza. Puede tratarse de un lote o de una unidad de condominio.
Para solicitarlo se debe acudir a la Dirección de Obras Municipales correspondiente a la comuna donde está emplazado el inmueble.
Copia de Recepción Final o Recepción Definitiva
Este documento habilito y aprueba el uso de una construcción y/o edificación para ser habitada. El certificado lo emite la Dirección de Obras Municipales correspondiente a la comuna donde está la propiedad.
Se debe tener cuando en la propiedad existen viviendas construidas hace menos de 40 años.
Otros documentos
Copias de planos y copias de cuentas de servicios básicos y gastos comunes.
Recuerda que si la
propiedad tiene ampliaciones que no han sido regularizadas, es necesario
legalizar los trámites en la Dirección de Obras Municipales.
¿Cuánto Tiempo se Demora en Vender una Propiedad en Chile?
Según
las estadísticas de expertos una casa demora, aproximadamente, más de 6
meses, y esta cifra en medio de la Pandemia aumentó a 9 meses.
¿Cuánto se Reparte una Herencia de una Propiedad en Chile?
En los casos que los cónyuges hayan contraído
matrimonio bajo el régimen de sociedad conyugal, tanto los bienes aportados
como los adquiridos durante el matrimonio corresponderán a los bienes de la
comunidad matrimonial conformado por ambos, por ende, al fallecer uno de los
cónyuges la casa del fallecido ingresa a la comunidad que se conforma tras la
liquidación de la sociedad conyugal.
El cónyuge dado que contrajo matrimonio bajo régimen de sociedad conyugal este ya tendrá derecho al 50% de la casa tras el fallecimiento de su cónyuge.
Además, el cónyuge se considerará legalmente heredero, según el orden de sucesión ya anteriormente mencionado.
Le corresponderá adicional otros 50% de la parte restante de la casa en herencia, es decir, la herencia que le corresponderá de la casa será el doble de que le corresponde a cada hijo, en caso de existir descendientes.
Ejemplo de cómo se reparte la herencia de una casa en Chile
En el caso que exista 2 hijos y el cónyuge sobreviviente
Tras el fallecimiento del cónyuge se efectuará la liquidación de la sociedad conyugal, correspondiendo por ser cónyuge sobreviviente por título de gananciales cuatro partes de la casa en herencia. Entendiéndose como títulos gananciales los bienes adquiridos por los cónyuges dentro del matrimonio.
Mientras que por consecuencia de considerarse además heredero el cónyuge por orden de sucesión le corresponderá 2 partes más de la herencia de la casa.
Por consiguiente, a cada hijo le corresponderá 1 sola parte de la herencia de las ocho partes que componen la herencia de la casa.
Finalmente, si lo simplificamos porcentualmente quedará el cónyuge con 75% de la casa como herencia, mientras que los dos hijos recibirán como herencia cada uno el 12,5% de la herencia de la casa.
¿Se puede Vender una Propiedad entre Cónyuges?
Hay que señalar que la compraventa entre
cónyuges no separados judicialmente es siempre nula sea cual sea el régimen
matrimonial (Sociedad Conyugal, Separación de Bienes, Participación en los
Gananciales).
¿Qué Significa Comprar una Propiedad con el Articulo 150?
A modo de ejemplo, si la mujer compra un departamento en virtud del artículo 150, el inmueble comprado será sólo de ella, no de la sociedad conyugal o del cónyuge, por lo que podrá disponer de ella libremente, sin la autorización , participación, ni firma del marido.
Sobre el Articulo 150
A partir de esta norma se permite que el trabajo de la mujer y sus productos, constituyan un patrimonio que se excluye de la sociedad conyugal y, principalmente, de la administración del marido. No obstante, y como dispone el inciso 7° del artículo 150, los bienes que componen el patrimonio reservado entran a la masa de bienes de la sociedad conyugal una vez disuelta esta. Se trata, en consecuencia, de bienes de naturaleza social, sobre los que opera una presunción de pertenecerles a la mujer, y que dan lugar a una separación parcial de bienes (Rodríguez: 1996; pág. 195). Por esta razón, es más adecuado referirse al patrimonio que regula el artículo 150 del Código Civil como bienes de administración reservada para la mujer o como un patrimonio afecto que se origina en el trabajo de la mujer de forma separada al marido
La excepción a esta regla es el caso en que, al término del régimen, la mujer renuncie a los gananciales que produjo la sociedad conyugal durante su vigencia, y opte por conservar sólo los bienes que componen el patrimonio reservado. En caso de que no sea así, estos bienes se van a colacionar con la masa partible de gananciales de la sociedad conyugal. Cabe señalar que este patrimonio reservado de la mujer casada en régimen de sociedad conyugal, como también los otros patrimonios anexos que se analizan en el punto siguiente, constituyen una excepción a la regla general, que establece el artículo 1725 del Código. Según esta, todos los salarios y emolumentos provenientes de empleos y oficios que los cónyuges desarrollen, van a componer el haber de la sociedad conyugal, y quedan por ende bajo la administración del marido, de acuerdo con el artículo 1749. Esta excepción que representa el patrimonio reservado se justifica como una atenuación del régimen de sociedad conyugal, y de los efectos que se siguen de la administración exclusiva que la ley asigna al marido de los bienes que la componen.
Otros patrimonios anexos
Finalmente, se puede señalar que el artículo 150 del Código Civil, contempla lo que se denomina un "patrimonio anexo" o "satélite" a la sociedad conyugal. Sin embargo, no es el único, dado que el mismo Código contempla dos formas más de patrimonio, que también giran en torno a la sociedad conyugal y que suponen por ende su existencia (Rodríguez; 1996, pág. 192).
Se trata de dos normas:
a. Artículo 166 Se refiere a los casos de donaciones, herencias o legados que se hacen a la mujer con la condición expresa de que no sean administradas por el marido. Estos bienes se rigen, en su administración, por las mismas reglas del artículo 150 del Código Civil.
b. Artículo 167 Se refiere a los bienes que, en las capitulaciones matrimoniales se han excluido de la administración del marido, y que se sujetan a la administración de la mujer.
¿Cuál es la Diferencia entre Sociedad Conyugal y Separación de Bienes?
Por una parte, la separación de bienes busca que los consortes no pierdan el control sobre su propio matrimonio, mientras que, por la otra, la sociedad conyugal busca la unificación de la administración del patrimonio, designándola por mutuo acuerdo de los consortes a uno de ellos.
¿Quién Administra los Bienes en Sociedad Conyugal en Chile?
"La sociedad conyugal será administrada por el marido o la mujer, según lo estipulen de común acuerdo los cónyuges al momento de celebrar el matrimonio o de modificar el régimen matrimonial".
Art. 180. – Tendrá la administración ordinaria de la sociedad conyugal, el cónyuge que, por decisión de los contrayentes conste como tal en el acta de matrimonio o en las capitulaciones matrimoniales; a falta de estipulación, se presumirá que el administrador es el marido.
¿Qué le Corresponde a la Mujer en un Divorcio en Chile?
La
repartición de los bienes adquiridos durante el matrimonio dependerá del
régimen al que se acogió la pareja cuando decidieron casarse: si fue por
sociedad conyugal, por separación total de bienes o por participación en los
gananciales.
¿Qué Hereda la Segunda Mujer?
En
este sentido, se establece de forma clara que los bienes que se
adquirieron antes de contraer segundas nupcias los reciben de forma exclusiva
los hijos que la persona tuvo en sus relaciones anteriores. En Chile también
los hijos de la pareja, son todos los hijos legítimos.
¿Qué Hijos Tienen Derecho a una Herencia?
Según
el Código Civil, cuando una persona con hijos fallece sin haber dejado
testamento todos los hijos heredarán a partes iguales.
¿Los Hijos Pueden Reclamar Herencia en Vida?
No.
El derecho a la herencia sólo se nace cuando muere el causante; mientras
el padre esté vivo, el hijo no tiene derecho a la herencia.
¿Qué Pasa con los Bienes si esta Casado o Vive en Unión Libre?
Si ambos miembros firman el contrato, los dos
serán dueños, sin importar quien haya pagado más, menos, o nada. Cuando una
pareja está casada los bienes adquiridos antes del matrimonio legal pertenecen
a cada individuo por separado; pero la propiedad es compartida una vez que
compran bienes estando casados.
¿Qué Pasa con los Bienes Adquiridos antes del Matrimonio?
Todo bien comprado antes de contraer un matrimonio,
o lo que es lo mismo, estando solteros, será de propiedad en proporción de la
persona a cuyo nombre se adquiera. Si se trata de un bien mueble no anotado en
registros oficiales (como por ejemplo una silla, mesa, bicicleta… etc.) será de
su poseedor.
¿Qué es el Derecho de Uso y Goce?
Un derecho de uso vitalicio es un derecho que
dura la vida del donante y puede ser revocado cuando él quiera, es decir,
el donante usufructuario puede disfrutar de la propiedad de por vida, y si es
un inmueble, puede vivir en ella o alquilarla; sin embargo, no puede
hipotecarla, venderla o disponer de la propiedad.